Monday, 13 de May de 2024


+ ¿Reforma: cuál de los dos Cárdenas? + Debate sobre concesiones o contratos




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Demasiado tarde, el PRD y el lopezobradorismo se darán cuenta que quedaron atrapados en la invocación al espíritu del general Lázaro Cárdenas. La iniciativa del presidente Peña Nieto se apoya en la reforma de 1940 del presidente Cárdenas, pero los perredistas querían al Cárdenas ciudadano de 1968.

La historia del párrafo sexto del artículo 27 Constitucional que prohíbe concesiones petroleras revela los vaivenes del poder y las confusiones semánticas de los gobernantes. Cárdenas hizo dos reformas al párrafo sexto del 27 Constitucional: el 10 de enero de 1934 aceptó la existencia de concesiones a particulares en petróleo pero a condición de que crearan empleos y respetaran las leyes.

 

 

Pero el 9 de noviembre de 1940, veinte días antes de entregarle la presidencia al conservador Manuel Ávila Camacho y casi dos años después de la expropiación petrolera, Cárdenas reformó ese párrafo para prohibir las concesiones de petróleo a empresas privadas y dejar la explotación sólo por el Estado.

 

 

Los contratos de exploración y explotación de petróleo se introdujeron vía la Ley Reglamentaria con una reforma en 1941. Este punto lo recordó Cuauhtémoc Cárdenas el viernes pasado en un texto publicado en La Jornada en el que recordó una carta de su padre al entonces director de Pemex, Jesús Reyes Heroles. En la carta, el general Cárdenas criticó los contratos a sector privado, un argumento que fue enviado como mensaje por el PRD cardenista al PRI y que será argumento en el debate de la reforma:

 

 

No es inoportuno anotar que el espíritu nacionalista de la expropiación de 1938 y de la Reforma Constitucional de 9 de noviembre de 1940, no se respetaron plenamente: los contratos de exploración y explotación permitidos por la Ley Reglamentaria de 1941, se concedieron con participación en la producción del petróleo a empresas nacionales y extranjeras.

 

 

De ahí que haya dos Cárdenas: el formalista de la reforma de 1940 y el crítico de 1968. La clave de la discusión será el hecho de que la Constitución habla de concesiones y los particulares van por contratos de utilidad compartida que de ninguna manera comprometería la propiedad de la riqueza petrolera o de la renta petrolera. En todo caso, las reformas más profundas se harán, como antes, en las leyes reglamentarias, a las cuales remite la Constitución

 

 

La reforma al párrafo sexto del 27 Constitucional se radicalizó con el presidente López Mateos --“mi gobierno es, dentro de la Constitución, de extrema izquierda”, dijo el primero de julio de 1960-- en la reforma del 20 de enero de 1960 al incorporar que en petróleo “no se otorgarán concesiones ni contratos” y luego Luis Echeverría agregó la exclusividad en electricidad y el no otorgamiento de concesiones en la reforma del 6 de febrero de 1975.

 

 

Por lo demás, el general Cárdenas dejó en claro el sentido de la expropiación: contra empresas extranjeras saqueadoras de recursos nacionales sin cumplir con el respeto a las leyes. En sus apuntes la noche del 19 de marzo, Cárdenas escribió: “con un acto así (la expropiación de las empresas extranjeras), México contribuye con los demás países de Hispanoamérica para que se sacudan un tanto la dictadura económica del capitalismo imperialista”. El 24 de febrero denunció en un discurso que las empresas extranjeras hicieron un “retiro violento” de sus depósitos y armaron una campaña de desprestigio.

 

 

El argumento de los priístas en el 2013 se basará en dos criterios: el México de 2013 es más sólido que el de 1938 y las empresas privadas tendrán muchos candados para controlar el ramo petrolero. Y a ello se agregará el hecho de que la reforma mantiene la prohibición a concesiones pero seguirá adelante el tema de contratos a empresas privadas para labores petroleras.

 

 

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